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El consumo energético en la sociedad, en la que todos tenemos parte activa, crece en tal proporción que los recursos energéticos naturales de que se dispone, tales como el carbón, petróleo, gas,… llegará un momento no muy lejano en que se agoten. Pero la dependencia actual de ellos sigue siendo tan enorme, que son causa de crisis y desajustes económicos, a nivel mundial. Por ello y por los negativos efectos medioambientales, la sociedad en general y en particular los organismos públicos se plantean alternativas energéticas limpias y objetivos ambiciosos para que la energía consumida proceda de fuentes renovables.
Esto supone además una apuesta tecnológica hacia el futuro, de modo que se pueda conseguir de estos recursos prácticamente inagotables una de las fuentes consolidadas de suministro energético. La energía solar, y en concreto la fotovoltaica, resulta una energía muy interesante. El efecto fotoeléctrico permite obtener energía eléctrica directamente de la radiación solar, por medio de la utilización de células solares fotovoltaicas agrupadas en paneles que captan dicha radiación. Este procedimiento de obtención de energía eléctrica permite un notable ahorro económico, además de una considerable reducción de la emisión de agentes contaminantes, en particular de dióxido de carbono (crucial para evitar el «efecto invernadero»), óxidos de nitrógeno y otros, en comparación con el proceso de generación de electricidad en centrales térmicas o nucleares. De esta manera la energía eléctrica producida en la planta solar, llevaría asociada un autoconsumo de electricidad procedente de fuentes renovables.
Los consumidores vamos a tener la capacidad legal para decidir no solo cómo vamos a cubrir nuestras necesidades energéticas sino también para generar y almacenar nuestra propia energía.
El Real Decreto Ley 15/2018, convalidado el 18 de octubre de 2018 en el Congreso, con solo dos votos en contra, abre una nueva dimensión de futuro en la forma de cubrir nuestras necesidades energéticas con el consenso explícito de todas las fuerzas políticas. La eliminación del llamado «impuesto al sol» y la simplificación de las trabas administrativas y jurídicas, que hasta ahora dificultaban el derecho a producir nuestra propia energía, permitirán abaratar la factura de la luz y colocar al consumidor en el centro del modelo energético, como un agente más del sistema.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 06 de abril de 2019 el Real Decreto 244/2019 por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo eléctrico, del que se beneficiarán comunidades de vecinos y polígonos industriales, y que, ha entrado en vigor.
El Real Decreto habilita la figura del autoconsumo colectivo, que fomentará esta fórmula en las comunidades de propietarios o en polígonos industriales; reduce los trámites administrativos, especialmente en el caso de los pequeños autoconsumidores, y establece un mecanismo simplificado de compensación de la energía autoproducida y no consumida.
Una de las novedades del Real Decreto es la implantación de un mecanismo simplificado de compensación de excedentes, esto es, de aquella energía generada por instalaciones de autoconsumo y que el usuario no consume instantáneamente. Hasta el momento, si el autoconsumidor quería obtener una compensación por esta energía que se inyecta en la red, debía constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando los trámites y declaraciones fiscales que la ley exige. A partir de ahora, la comercializadora de energía compensará al usuario por la energía excedentaria en cada factura mensual. Dicho mecanismo será aplicable para aquellas instalaciones con una potencia no superior a 100 kilovatios (kW), y siempre que produzcan electricidad a partir de energía de origen renovable, pudiendo el usuario recibir una compensación económica de hasta el 100% de la energía consumida durante ese mes.
DESCRIPCIÓN DE LA INSTALACIÓN
La energía solar fotovoltaica consiste en la conversión directa de la luz solar en electricidad. Esta transformación se consigue mediante las células solares que existen en los módulos. La energía eléctrica generada por los módulos es transformada en corriente alterna mediante un equipo denominado inversor o convertidor solar.
El sistema está compuesto por los siguientes elementos principales:
- Paneles solares fotovoltaicos
- Inversores de CC a CA.
- Estructura coplanar.
- Sistema de monitorización de la instalación, donde se visualicen las producciones de la instalación.

Son instalaciones de placas solares para autoconsumo que se encuentran conectadas con el interior de una red de consumo, pero también se encuentran conectadas con una conexión eléctrica física con la red de transporte o distribución.
La acumulación o almacenamiento de energía no es imprescindible en este tipo de instalaciones de autoconsumo solar ya que se recurre a la red eléctrica en los casos de baja o nula generación de energía verde por parte de los paneles solares. En algunos casos, se utilizan baterías para consumir mayor cantidad de energía solar que la procedente de la red eléctrica.
La salida del inversor se conecta con la entrada ICP de nuestra casa. En función de la energía que estés consumiendo se cogerá primero energía de la instalación de autoconsumo y luego de la red, si fuera necesario. Este tipo de funcionamiento se debe a que la vivienda siempre toma la energía del punto más cercano, en este caso las placas solares y si necesita más de la red. Este principio de funcionamiento evita los cortes eléctricos ya que las dos generaciones trabajan en paralelo.